Brasil: CIDH responsabiliza al Estado brasileño por la impunidad del asesino de Gabriel Sales Pimenta

 



La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CDH) es un tribunal internacional formado por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por los miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA).

El propósito principal tanto de la Corte como de la Convención es promover los derechos y libertades fundamentales del hombre, relacionados con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y las Naciones Unidas, pero más adaptados a la realidad del continente americano, enfocados en las características, historia y desarrollo de sus países.

La función de la Corte es pronunciarse sobre los casos presentados ante ella en los que un Estado parte de la Convención sea acusado de una violación de los derechos humanos. Entre innumerables casos y violaciones en la historia del Estado brasileño, está el caso del abogado del pueblo Gabriel Sales Pimenta.

Gabriel fue asesinado en Marabá, en el estado de Pará, debido a su importante papel como defensor de los líderes y activistas del movimiento campesino, involucrados en la lucha por la tierra. Luego de su asesinato, las autoridades brasileñas contribuyeron a las fallas en la investigación y enjuiciamiento, permitiendo la impunidad de los responsables del crimen.

Su caso fue llevado a la Corte por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y la Comisión Pastoral de la Tierra (CPT), y continuó con el trabajo conjunto de diferentes entidades democráticas, como el Centro Brasileño de Solidaridad con los Pueblos (CEBRASPO ), entre otros, además de la dedicación de activistas y luchadores populares en responsabilizar al Estado brasileño por las referidas violaciones, como el hermano de la víctima, José Sales Pimenta, difunto presidente de CEBRASPO, y su familia.

En sentencia de la Corte del 30 de junio de 2022, difundida el pasado martes, el Estado brasileño fue declarado responsable de la violación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en particular los artículos 1.1, 5.1, 8.1 y 25, debido a la impunidad de los asesinos, negligencia activa durante las investigaciones e incumplimiento total de las garantías procesales, como un plazo razonable para la resolución del caso, por excesiva dilación procesal.

CEBRASPO

Centro Brasileño de Solidaridad con los Pueblos

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