Brasil: CIDH responsabiliza al Estado brasileño por la impunidad del asesino de Gabriel Sales Pimenta
La Corte Interamericana de
Derechos Humanos (CDH) es un tribunal internacional formado por la Convención
Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por los miembros de la
Organización de los Estados Americanos (OEA).
El propósito principal tanto de
la Corte como de la Convención es promover los derechos y libertades
fundamentales del hombre, relacionados con la Declaración Universal de los
Derechos Humanos y las Naciones Unidas, pero más adaptados a la realidad del
continente americano, enfocados en las características, historia y desarrollo
de sus países.
La función de la Corte es
pronunciarse sobre los casos presentados ante ella en los que un Estado parte
de la Convención sea acusado de una violación de los derechos humanos. Entre
innumerables casos y violaciones en la historia del Estado brasileño, está el
caso del abogado del pueblo Gabriel Sales Pimenta.
Gabriel fue asesinado en
Marabá, en el estado de Pará, debido a su importante papel como defensor de los
líderes y activistas del movimiento campesino, involucrados en la lucha por la
tierra. Luego de su asesinato, las autoridades brasileñas contribuyeron a las
fallas en la investigación y enjuiciamiento, permitiendo la impunidad de los
responsables del crimen.
Su caso fue llevado a la Corte
por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y la Comisión Pastoral
de la Tierra (CPT), y continuó con el trabajo conjunto de diferentes entidades
democráticas, como el Centro Brasileño de Solidaridad con los Pueblos (CEBRASPO
), entre otros, además de la dedicación de activistas y luchadores populares en
responsabilizar al Estado brasileño por las referidas violaciones, como el
hermano de la víctima, José Sales Pimenta, difunto presidente de CEBRASPO, y su
familia.
En sentencia de la Corte del 30
de junio de 2022, difundida el pasado martes, el Estado brasileño fue declarado
responsable de la violación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos,
en particular los artículos 1.1, 5.1, 8.1 y 25, debido a la impunidad de los
asesinos, negligencia activa durante las investigaciones e incumplimiento total
de las garantías procesales, como un plazo razonable para la resolución del
caso, por excesiva dilación procesal.
CEBRASPO
Centro Brasileño de Solidaridad con los Pueblos